FESIT recibe respuesta oficial de CGR y SII sobre legalidad del Catálogo de Esquemas Tributarios
Con los antecedentes señalados, FESIT solicitará reconsideración de la respuesta de CGR pues lo planteado al órgano contralor, era determinar el carácter del acto administrativo, especialmente por aclarar si el documento es obligatorio a los funcionarios y puede acompañarse en juicio, como ya ha ocurrido.
Santiago, 30 de abril de 2025 – En atención a una consulta realizada el 4 de febrero de 2025, por el presidente de la Fundación de Estudios Sistémicos Tributarios (FESIT), Rodrigo Rojas, respecto a la legalidad del Catálogo de Esquemas Tributarios, publicado por el Servicio de Impuestos Internos (SII), la Contraloría General de la República informó, mediante el Oficio E42776/2025, su decisión de abstenerse de emitir un pronunciamiento.
La entidad explicó que la solicitud no cumplía con los requisitos establecidos para este tipo de actuaciones, al tratarse de una consulta genérica sin un interés jurídico concreto.
Cabe recordar que, el documento presentado por FESIT ante la Contraloría General de la República tenía como objetivo determinar la validez legal del Catálogo de Esquemas Tributarios. En particular, se buscaba establecer si su elaboración y publicación se enmarca en las atribuciones que el ordenamiento jurídico confiere al director del SII, así como esclarecer el alcance del documento y su eventual obligatoriedad para los funcionarios del servicio, considerando su aplicación práctica.
En consecuencia, y conforme a lo dispuesto en la normativa vigente, la Contraloría remitió el caso al SII, por ser este el órgano competente para interpretar y aplicar las disposiciones sobre tributación fiscal interna.
En respuesta, el SII emitió el Oficio Reservado N°34 del 17 de abril de 2025, mediante el cual ratificó la legitimidad del Catálogo y precisó su propósito: se trata de una herramienta de carácter informativo y preventivo, elaborada desde 2016, que presenta casos reales de estructuras tributarias con potencial elusivo. El objetivo es orientar a los contribuyentes -especialmente a quienes toman decisiones en el ámbito empresarial- sobre prácticas que podrían ser objeto de revisión bajo la Norma General Antielusiva del Código Tributario.
El Catálogo, que actualmente contiene 92 casos, no tiene efectos normativos ni sancionatorios, y su función se enmarca en la facultad del SII de promover el cumplimiento tributario, conforme a lo establecido en la letra q) del artículo 7° de su Ley Orgánica. Además, se fundamenta en estándares internacionales impulsados por la OCDE y replicados en diversas administraciones tributarias a nivel global.
De esta forma, el SII reafirma su compromiso con la transparencia, la legalidad y la educación tributaria, fortaleciendo el entorno normativo mediante acciones orientadas a facilitar el cumplimiento voluntario y consciente de las obligaciones fiscales.
Con estos antecedentes, FESIT solicitará reconsideración de la respuesta de CGR pues lo planteado al órgano contralor, era determinar el carácter del acto administrativo, especialmente por aclarar si el documento es obligatorio a los funcionarios y puede acompañarse en juicio, como ya ha ocurrido.