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Seminario FESIT: «Norma general antielusiva chilena: análisis crítico y propuestas»

La expositora es la directora de FESIT, profesora de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales UACh, Patricia Toledo.

Junio 14 de 2022.- La Directora de la Fundación de Estudios Sistémicos Tributarios, Dra. Patricia Toledo, expuso, en el seminario FESIT, sobre «Norma general antielusiva chilena: análisis crítico y propuestas», el que está estructurado en cinco partes.

Primero, indica la directora Toledo, se explica una serie de conceptos necesarios para clarificar qué entendemos por «elusión» y su relación con conceptos relacionados como «planificación tributaria», «evasión» y «norma general antielusiva».

Acto seguido -añade- presenta un análisis y propuestas sobre los siguientes temas: economía de opción, que entendemos como un derecho del contribuyente; catálogo de esquemas tributarios, que publica el Servicio de Impuestos Internos en su página web; sanción para asesores tributarios, establecida en el artículo 100 bis del Código Tributario; y al procedimiento de declaración de elusión, establecido en los artículos 4 quinquies y 160 bis del Código Tributario”.

Este seminario se enmarca en el proyecto de investigación Fondecyt de Iniciación Nº1190344: «Elusión fiscal. Hacia la construcción de una teoría normativa para la interpretación de la norma general antielusiva en el Derecho tributario chileno», del cual la Dra. Toledo es investigadora responsable.

El seminario está basado en la primera parte del informe FESIT «Combate a la Elusión y Evasión», cuyo objetivo es examinar problemas de regulación y posibles cambios que pudieran plantearse en materia de elusión y evasión.

En la redacción del informe participaron 10 abogados y abogadas tributaristas: presidenta, María Pilar Navarro; secretaria, Patricia Toledo; Álvaro Magasich; Ariel Castillo; Benjamín Echeverría; Carla Carreño; Darío Romero; Matías Pascuali; Rodrigo Rojas y Sergio Alburquenque. Este informe está estructurado en tres partes: (a) Elusión y evasión; (b) Mecanismos de fiscalización en materia de elusión y evasión; (c) Coordinación de la fiscalización de la elusión y evasión entre la Tesorería General de la República, el Servicio de Impuestos Internos y la Dirección Nacional de Aduanas.

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