IVA en la prestación de servicios profesionales

IVA en la prestación de servicios profesionales

Columna de opinión de Rodrigo Rojas


A contar del 1º de enero de 2023 todos los servicios se gravarán con el Impuesto al Valor Agregado[1] (excepto salud, educación y transporte de pasajeros y alguna otra exención que señala la ley), quedando exentos también aquellos prestados por personas naturales que den boletas de honorarios o por sociedades de profesionales.

 

Estas últimas, son aquellas que prestan exclusivamente servicios por intermedio de sus socios o con la colaboración de dependientes. Por sus características, y según lo ha señalado expresamente el Servicio de Impuestos Internos, solo sociedades de personas pueden calificar como tales, lo que excluye a las sociedades anónimas y a las sociedades por acciones (SpA), por tratarse de sociedades de capital.[2]

 

Este criterio ha sido confirmado por el propio Servicio de Impuestos Internos en oficios recientes, entre los que cabe destacar el Oficio Nº 1424 de 24 de abril de 2022 complementado con el Oficio Nº 1511 de 6 de mayo de 2022 y el Oficio Nº 1648 de 20 de mayo del año en curso.

 

Desde su creación en el año 2007[3], las sociedades por acciones se han convertido en el tipo societario más común, muchas de las cuales, son sociedades de profesionales, y en consecuencia quedarían afectas a IVA.

 

Hasta ahora el Servicio de Impuestos Internos no ha dictado ninguna Circular que interprete esta materia, lo que consideramos fundamental para conocer los criterios que se aplicarán.

 

Dentro de la denominada “economía de opción” será probablemente muy frecuente que las SpA se transformen o dividan creando una sociedad de responsabilidad limitada para mantener la competitividad sin tener que recargar sus honorarios, aumentando el precio al cliente final.

 

Una coexistencia entre sociedades de profesionales que deban pagar IVA, por su estructura jurídica, con otras que estarían exentas, afectaría seriamente la equidad horizontal y el principio de neutralidad del sistema tributario.

 

En ese mismo orden de ideas nadie podría cuestionar la existencia de motivaciones económicas relevantes que podría mover a un grupo de profesionales actualmente estructurados en una SpA en ser absorbidos, por ejemplo, por una sociedad de responsabilidad limitada formada por ellos mismos o en buscar soluciones similares, para adecuarse a las instrucciones vigentes.

 

Lo anterior nos hace plantear la necesidad que el legislador resuelva estos problemas antes de la entrada en vigencia de la norma en comento, de forma tal que cuando el Servicio de Impuestos Internos dicte la Circular sobre la materia, el tema de una eventual calificación de acto elusivo este resuelta por la ley.

 

 

Rodrigo Rojas P. | Director de FESIT


[1] Artículo 6º de la Ley Nº 21.210

[2] Circular Nº 21 de 1991 del Servicio de Impuestos Internos y Artículo 2º Nº 6 de la Ley de Impuesto a la Renta

[3] Ley Nº 20.190 de 5 de junio de 2007

Directores de FESIT expusieron en audiencia pública de los Diálogos Sociales del Ministerio de Hacienda

Directores de FESIT expusieron en audiencia pública de los Diálogos Sociales del Ministerio de Hacienda

La presentación estuvo a cargo de Sergio Alburquenque, María Celeste Angulo y Rodrigo Rojas, todos directores de FESIT.


Mayo 16 de 2022.- Los directores de la Fundación de Estudios Sistémicos Tributarios (FESIT), Sergio Alburquenque L., María Celeste Angulo S. y Rodrigo Rojas P., fueron invitados a exponer en Audiencia Pública de los Diálogos Sociales del Ministerio de Hacienda.

La presentación se realizó el pasado 11 de mayo, instancia en la que los miembros de FESIT enseñaron un resumen de las propuestas contenidas en los informes de las materias indicadas y donde hubo especial relevancia a los temas de evasión y elusión y de informalidad.

Las materias presentadas abordaron: Sistema Tributario; Principios Constitucionales Tributarios; Evasión y Elusión; Beneficios Tributarios; Tributos Verdes; Integración-Desintegración del Sistema; Defensoría del Contribuyente; Informalidad y Tributación; Tribunales Tributarios; Descentralización Financiera y Fiscal; Royalty a la Minería; Rentas Presuntas; Ingresos no Constitutivos de Renta y Régimen Tributario Ganancias de Capital Enajenación de Acciones.

Descargar presentación AQUÍ

Las audiencias públicas son instancias destinadas para organizaciones, gremios y académicas(os) con conocimiento técnico en materia tributaria. Las y los participantes exponen sus planteamientos en una presentación respecto a los principios que deben guiar la reforma tributaria y pueden entregar documentos adjuntos que complementen su presentación. Estas audiencias públicas cuentan con la presencia de miembros del equipo tributario del Ministerio de Hacienda.

 

 

 

Director de FESIT expuso en segunda jornada de los diálogos tributarios convocados por el Gobierno

Director de FESIT expuso en segunda jornada de los diálogos tributarios convocados por el Gobierno

La presentación estuvo centrada en cinco temas: Un sistema tributario justo y competitivo, los desafíos de la desintegración del sistema, aplicación de un impuesto al patrimonio, cambios al impuesto global complementario y propuestas en materia de IVA.

Mayo 10 de 2022.- El pasado 27 de abril representantes del Centro de Estudios Tributarios, entre ellos su director Gonzalo Polanco, asistieron a la segunda jornada de diálogos tributarios lanzados por el gobierno el 19 de abril. El contenido que se discuta en estos diálogos sociales se transformarán en un insumo para el diseño de la próxima reforma tributaria.

Al encuentro, que se realizó en dependencias de la Casa Central de la Universidad de Chile, junto al profesor Polanco asistieron más de 10 expositores expertos en materia tributaria, entre ellos el ex director del Servicio de Impuestos Internos, Michel Jorrat, la economista senior de Libertad y Desarrollo, Macarena García; los socios de impuestos de Deloitte, Hugo Hurtado y Ximena Niño; el académico de la Universidad Adolfo Ibáñez, Claudio Agostini; del foro Desarrollo Justo y Sustentable, Alfredo Ugarte y Álvaro Gallegos; y del del estudio Sapag y González asociados, Sergio Sapag y Bernardo Marchant.

La presentación del CET se centró en cinco temas: Un sistema tributario justo y competitivo, los desafíos de desintegrar el sistema, impuesto al patrimonio, cambios al impuesto global complementario y propuestas en materia de IVA.

El profesor Polanco señala que la importancia de abordar estos temas radica en que “usualmente los proyectos de reforma tributaria se presentaban al Congreso sin antes haber escuchado a especialistas en la materia. Solo interveníamos cuando algún parlamentario nos solicitaba aclarar algún punto. En cambio, se ha señalado que las discusiones sostenidas en estos diálogos serán insumos para el proyecto de ley, lo que me parece cambia el paradigma sobre la forma de encarar estos temas”.

Respecto al primer punto, en la presentación del CET, se detalla que un sistema tributario justo y competitivo, debiera poder contener los siguientes puntos: identificar y gravar a aquellos contribuyentes que poseen la mayor capacidad contributiva (en términos sustantivos y de obligaciones accesorias), respetando principios de equidad horizontal y vertical; eliminar complejidades que faciliten el arbitraje, especialmente en el caso de actores más sofisticados; cerrar espacios de evasión y elusión; permitir el nacimiento y desarrollo de actividades económicas; y mantenerse estable en el tiempo.

Sobre los desafíos de desintegrar el sistema, se explica que debe existir un estatuto diferenciado para pymes, con o sin opción de transparencia; así como también considerar otros factores que sean distintos a los ingresos. “Un parámetro podría ser la aplicación de una tasa progresiva en régimen general”, dice.

Al mismo tiempo, señala que se debe revisar la base del impuesto y la tasa aplicada debe estar en línea con la carga tributaria esperada. También, se menciona que es preciso preguntarse si es necesario eliminar el concepto de utilidad tributaria; ver si se incluye o no en la base del impuesto global complementario; eliminar las devoluciones de crédito por impuesto de primera categoría; analizar la carga en los tratados, así como su impacto y riesgos asociados.

La desintegración del sistema tributario “implica revisar otros aspectos de la tributación a nivel de empresas, como la consolidación fiscal, uso de pérdidas grupales, y el tratamiento de operaciones entre entidades que consolidan localmente”, se añade.

En relación al impuesto al patrimonio, se indica que el foco debe estar puesto en que “el costo de cumplimiento no termine siendo similar al impuesto, (obligación de realizar valorizaciones de cargo del contribuyente). Además, se debe examinar la relación con el impuesto a la herencia y otras cargas patrimoniales. Y, en el caso de los bienes y raíces, eliminar el impuesto al patrimonio y herencia, algunas exenciones tributarias, contribuciones y sobretasa.

Respecto a las modificaciones al impuesto global complementario, se señala que es necesario reestructurar los tramos y tasas de este impuesto, de acuerdo a ciertos periodos de tiempo y de manera transitoria. Y, para el caso de las propuestas en materia de IVA, se explica que los países buscan enfrentar la regresividad del IVA, aplicando dos medidas: IVA universal, que se traduce en una rebaja de la tasa o exención a ciertos bienes y servicios; e IVA personalizado.

Por lo mismo, se agrega que nuestro país podría implementar la segunda opción. “Chile puede transitar hacia la devolución del IVA pagado por sectores de menores recursos en bienes y servicios de primera necesidad. El sistema podría ser implementado, partiendo de un IVA “presunto” e introduciendo incentivos para informar el IVA efectivamente pagado”, se subraya.

Además de ello, se concluye que este sistema permitiría incorporar incentivos a la digitalización y a la formalización del pago de impuesto.


Noticia escrita por: Departamento Control de Gestión y Sistemas de Información, Facultad de Economía y Negocios, Universidad de Chile

 

Directoras FESIT exponen sobre Norma General Antielusiva Chilena

Directoras FESIT exponen sobre Norma General Antielusiva Chilena

Las docentes y directoras FESIT expusieron sobre «Presente y Futuro de las Normas Anti Elusión», en el marco de sus proyectos Fondecyt de la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo (ANID). 

 

Valdivia, 5 de mayo de 2022.- En el marco de los seminarios «Los Martes al Colegio y Comisión Tributaria», organizados por el Colegio de Abogados de Chile, la Fundación de Estudios Sistémicos Tributarios FESIT, el Colegio de Contadores de Chile y la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo ANID, las académicas y directoras de FESIT Dra. Patricia Toledo (UACh) y Dra. María Pilar Navarro (UOH), expusieron sobre «Presente y Futuro de las Normas Anti Elusión».

 

La actividad fue moderada por Alexander Letonja, miembro de la Comisión Tributara Colegio de Abogados de Chile, se realizó el martes 4 de mayo, a las 18:00 horas, mediante la plataforma zoom y transmitida por el canal de YouTube del Colegio de Abogados de Chile. Participaron, además, miembros de FESIT, Colegio de Contadores de Chile y estudiantes de derecho.

 

Ver seminario AQUÍ

 

Las docentes y directoras FESIT expusieron sobre «Presente y Futuro de las Normas Anti Elusión» cuyo objetivo es examinar problemas de regulación y posibles cambios que pudieran plantearse en materia de elusión y evasión. Está estructurado en tres partes: (a) Elusión y evasión; (b) Mecanismos de fiscalización en materia de elusión y evasión; (c) Coordinación de la fiscalización de la elusión y evasión entre la Tesorería General de la República, el Servicio de Impuestos Internos y la Dirección Nacional de Aduanas.

 

Sus integrantes son: presidenta, María Pilar Navarro; secretaria, Patricia Toledo; Álvaro Magasich; Ariel Castillo; Benjamín Echeverría; Carla Carreño; Darío Romero; Matías Pascuali; Rodrigo Rojas y Sergio Alburquenque.

 

Proyectos Fondecyt

El proyecto Fondecyt de Iniciación Nº11190344, titulado «Elusión fiscal. Hacia la construcción de una teoría normativa para la interpretación de la norma general antielusiva en el Derecho tributario chileno», de la investigadora Dra. Patricia Toledo, tiene por objeto de estudio la elusión fiscal. Su finalidad es construir una teoría normativa para la interpretación y aplicación de la norma general antielusiva –en adelante NGA- chilena que, otorgando certeza jurídica a los contribuyentes, respete el principio de igualdad tributaria.

 

En tanto, el proyecto Fondecyt de Iniciación N°11200366, titulado «Bases para la construcción de una teoría general del régimen sancionatorio previsto en Chile para combatir las conductas elusivas», de la investigadora, Dra. María Pilar Navarro, centra su objeto de estudio en las normas generales antielusión y la sanción al asesor tributario. Uno de los aspectos centrales de la investigación consiste en profundiza en el análisis de la referida sanción, a partir de un estudio comparativo entre dicha figura y otros modelos sancionatorios que contempla el ordenamiento jurídico chileno, y de una confrontación con la experiencia internacional impulsada por el Plan BEPS de la OCDE.

 

La exposición de la profesora, Patricia Toledo, se centró en la primera parte del Informe FESIT, “específicamente, me referí a los siguientes temas: (a) Relación entre la NGA y las NEA; (b) Catálogo de esquemas tributarios; (c) Ámbito de aplicación de la evasión y elusión; (d) Economía de opción; (e) Abuso de las formas jurídicas. El objetivo fue analizar críticamente la norma general antiuelusiva y aportar proponiendo las modificaciones necesarias para mejorar su regulación y aplicación”.

 

“Valoro y agradezco la oportunidad de exponer parte de los resultados de mi investigación sobre la norma general antielusiva en la Comisión Tributaria del Colegio de Abogados de Chile. Es una instancia que nos permite colaborar en la difusión y reflexión sobre el fenómeno de la elusión fiscal en Chile”, agregó la profesora de Derecho Tributario UACh.

 

Ver presentación Prof. Toledo en este enlace

 

En tanto, la profesora María Pilar Navarro, expuso parte del Informe de la Subcomisión de Combate a la Elusión y Evasión de FESIT y comentó que, “hoy la gran pregunta que surge respecto de la aplicación del abuso de las formas jurídicas y la simulación se refiere a la conveniencia o no de radicar en dicha administración tributaria la declaración de la elusión, aspecto que hoy es competencia de los Tribunales Tributarios y Aduaneros. “El informe plantea que no existe evidencia de que la no aplicación de estas figuras se deba a que la declaración de la elusión está radicada en sede judicial, y más bien considera que ello se debe a que la carga de la prueba pesa sobre el Servicio de Impuestos Internos”.

 

Ver presentación Prof. Navarro  en este enlace